Estatutos del Club-Parias MC

Parias MC Revisado 06/13
ARTÍCULO 1. General
a. A partir del 19 de abril de 2009, los siguientes Estatutos serán los de the Outcasts MC.
b. No somos un club del 1% ni pretendemos serlo en el futuro. Respetamos TODOS los clubes 1%
y no reclamamos ningún territorio, estado, ciudad o área. Respeta a todos, no temas a nadie.
c. El propósito de estos Estatutos es preservar y proteger el club, así como la integridad
y el carácter del club y de sus miembros.
d. En el caso de un artículo no cubierto por estos Estatutos, la decisión será tomada por
la Junta Ejecutiva.
e. El Club es una organización sin acciones sin ánimo de lucro. Cumplirá con todos los requisitos
de §509 (a) (2) del Código de Impuestos Internos como organización exenta de impuestos.
f. Parias se organiza exclusivamente para fines benéficos, religiosos, educativos y científicos,
, incluyendo para tales fines, la realización de distribuciones a organizaciones que califican como organización exenta
según la sección 501©(3) del Código del IRS, o la sección correspondiente de cualquier código futuro de impuestos
.
ARTÍCULO 2. Reuniones
Las reuniones generales se llevarán a cabo trimestralmente y se anunciarán en enero de cada año calendario y
se ingresarán en el calendario de eventos de los Marginados.Además, habrá un aviso por escrito
de al menos 7 días antes que indique la fecha, la hora y el lugar.
¡ Estas reuniones trimestrales del club SON OBLIGATORIAS!!!
ARTÍCULO 3. Oficial.
Los oficiales estarán compuestos por el Presidente, el Vicepresidente, el Secretario, el Tesorero,
y el Sargento de Armas. También se denominarán Consejo de Administración.
También puede haber Funcionarios Regionales nombrados por el Presidente, con un voto de confianza
de la Junta Ejecutiva y titulares de parches en regla.
«La Junta» está formada por la Junta Ejecutiva, el Capellán y los Funcionarios Regionales.
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ARTÍCULO 3. Cont.
Cadena de Mando
Como Miembro, las confrontaciones y los problemas que surjan entre los miembros deben resolverse en el nivel
más bajo posible, su R. O. Si no se encuentra resolución, SOLO entonces debe subir al siguiente nivel
SGT de Armas y así sucesivamente. Los oficiales han sido elegidos para servir a un propósito QUE TODOS los miembros deben
comprender y respetar «La Cadena de Mando». El propósito de cada Funcionario se describe en las páginas
de nuestros Estatutos.
ARTÍCULO 4. Oficiales y Miembros
a. Presidente
El Presidente será el Jefe Ejecutivo General del club y será Ex Officio.
El Presidente presidirá todas las reuniones del club y de la junta Ejecutiva. El Presidente
no puede votar sobre ninguna moción presentada a la junta a menos que haya un empate.
Para ayudar a los oficiales marginados en la interpretación de sus responsabilidades del club, y para
promover la vida del club entre los miembros en general.
b. Vicepresidente
A petición del Presidente, o en caso de ausencia o discapacidad, el Vicepresidente
Presidente poseerá y ejercerá las facultades del Presidente.
c. Tesorero
El Tesorero tendrá la custodia de todos los fondos y propiedades del club, sujeto a las regulaciones
que pueda imponer toda la Junta, en la suma y con las garantías
que requiera toda la Junta. Recibirán todos los fondos del club,
depositándolos a nombre del club en el banco o compañía fiduciaria que
designe toda la Junta, y mantendrán un registro preciso de todos los recibos y desembolsos
. Cuando sea necesario o apropiado, pueden firmar conjuntamente con el Presidente en
nombre del club, cheques, pagarés y otras obligaciones, dado en nombre del club.
No harán ningún desembolso de los fondos del club, excepto los gastos administrativos del club
que excedan de cien dólares ($100.00) sin la aprobación previa de la Junta completa
. Registrarán regularmente, en los libros del club que conservarán
para el propósito, una cuenta completa y precisa de todos los fondos y obligaciones recibidos y
pagados o incurridos por ellos para o a cuenta del club, y exhibirán dichos libros
en todo momento razonable a cualquier miembro de la junta que lo solicite. Elaborarán un informe completo
del estado financiero del club en cada reunión mensual y, previa solicitud,
en cualquier reunión de la Junta Directiva. En general, desempeñarán todas las funciones incidentales a la oficina de Tesorero
, sujeto al control de la Junta.
d. Secretario
El Secretario tendrá a su cargo los libros, documentos y documentos que la Junta entera
determine. El Secretario asistirá a todas las reuniones del club y
a la junta directiva, y guardará las actas de todas las reuniones. Llevarán un registro,
con los nombres, ordenados alfabéticamente, de todos los miembros del club, mostrando
sus lugares de residencia y dicho libro estará abierto para inspección según lo prescrito por la ley
. Cobrarán todas las cuotas anuales de la membresía y las entregarán a
el tesorero a pedido, tomando un recibo por lo tanto. Darán aviso adecuado a
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a todos los miembros antes de la reunión mensual o cualquier reunión especial de
el club, y harán un informe completo del estado de membresía del club en cada reunión mensual de
. A petición del Presidente, o según se disponga de otro modo en el presente documento,
, los miembros del Comité darán aviso con la debida antelación de todas las reuniones de la Junta.
e. Sargento de Armas
El Sargento de Armas será nombrado por el Presidente. Su nombramiento o destitución
deberá ser aprobado por el Consejo de Administración. El Sargento de Armas mantendrá el orden
en las reuniones del club y se asegurará de que no entren personas no autorizadas en el lugar de la reunión
. Para garantizar que los miembros se adhieran a las normas, políticas y modelos de conducta
esperados del club al tratar con otros miembros o personas ajenas a él. Los deberes también incluirán
capacitación para miembros potenciales y orientación del club durante la fase de espera y sucesión
en conjunto con el Oficial Regional del área.
f. Oficiales regionales
El Presidente nombrará oficiales regionales. Su nombramiento o destitución deberá ser
aprobado por la Junta Ejecutiva. Promoverán la información sobre los Parias, informe a
el Presidente y llevar a cabo cualquier deberes requeridos por las leyes, y cumplir con cualquier solicitud de la
el Presidente o la Junta Ejecutiva requiere de ellos.
h. Capellán
El capellán es un asesor de los oficiales generales para ayudar a mantener una imagen positiva del club
y sus miembros activos. El capellán es responsable de llevar a cabo matrimonios, funerales y
dedicatorias a petición de cualquier miembro del club. El capellán debe estar disponible para proporcionar
cualquier forma de asesoramiento, que se mantendrá en confianza entre el capellán y dicho miembro,
a solicitud de cualquier miembro del club. El capellán orará por el crecimiento espiritual, la guía,
y la protección de todos los miembros de MC marginados. El Capellán servirá por un mínimo de dos años o
hasta que sea rescindido, suspendido o terminado voluntariamente. El capellán no está obligado a asistir a ninguna función del club
que entre en conflicto con cualquier creencia espiritual. Los capellanes ordenados deben nombrar, revisar y recomendar sucesores
. El capellán debe llevar a cabo la oración antes de todas las reuniones formales, viajes y funciones
.
i. Miembros
Habrá una clase de miembros del Club. Las solicitudes de adhesión deberán ser
según lo prescrito por la Junta Ejecutiva. Los miembros serán personas de
responsabilidad, integridad y alto nivel en las comunidades en las que residen, un miembro
será admitido como miembro solo con la aprobación de la Junta Ejecutiva
, o con la aprobación de dicho Comité de Miembros. La membresía está abierta a
cualquier persona que tenga interés en motocicletas y / o motociclismo, y pague cuotas.
ARTÍCULO 5. Elección de la Mesa.
a. La Junta Ejecutiva tiene el derecho de destituir a cualquier funcionario electo de la Junta
en cualquier circunstancia por mayoría de votos. El Presidente nombrará a un miembro calificado, en regla, para el puesto vacante con la aprobación de
de la mayoría de la junta directiva.
b. Elecciones para cargos abiertos: El miembro debe estar presente para aceptar la nominación a un cargo en la reunión
a la que se hacen las nominaciones. Si prevalecen tales circunstancias en las que el miembro
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no puede asistir, se requiere una notificación por escrito a la Junta Directiva de que el miembro aceptará la nominación
. El miembro que será nominado debe ser miembro del Club por un período
de un año antes o a menos que el Consejo Ejecutivo lo vote.
c. Si un miembro ocupa actualmente un cargo y va a ser nominado para otro cargo
, ese miembro debe renunciar a su cargo actual para aceptar la nominación
. Sin embargo, el miembro puede servir hasta que los resultados de la elección sean
contados. El cargo que se renuncie se colocará en la boleta electoral para
el club para nominar a cualquier persona que esté al día.
d. Se enviarán cédulas escritas o electrónicas a todos los miembros en caso de que se celebre una elección
y dicha cédula consistirá en todos los cargos abiertos para la elección
y los nombres de cada candidato para ese cargo.
e. Todas las papeletas deben ser devueltas al secretario antes del MEDIODÍA del día de la elección
.
f. Si no hay oficinas abiertas, no es necesario formar papeletas y enviarlas a los miembros de
como se indica.
g. Si no hay candidatos para el cargo, no es necesario formar papeletas y enviarlas a los miembros como
se indica. Los presidentes permanecerán en funciones hasta la próxima elección programada para ese cargo
.
ARTÍCULO 6. Estructura de Cuotas.
a. Las cuotas anuales son pagadas por cada miembro una vez al año.
b. Las cuotas de renovación vencen a finales de enero de cada año. El Secretario comenzará
a cobrar las cuotas de renovación en noviembre y las tabulará al final de cada reunión mensual
y entregará estos fondos al Tesorero en ese momento.
c. Un aumento o reducción en las cuotas anuales del club puede decidirse por el voto mayoritario de la Junta entera
antes de que la membresía realice cualquier pago para el año pendiente.
d. Las cuotas pagadas por la membresía no se pueden reembolsar a ningún miembro que cumpla su período
de menos de un año.
ARTÍCULO 7. Colores de Club.
a. Los colores de los marginados se alquilan y el club retiene la tarifa de alquiler. Cuando el miembro
abandone el club, sus colores serán cedidos inmediatamente.
b. Si un miembro que abandona el club se niega a renunciar a sus colores, el club tomará una acción legal
para obtener dichos colores.
c. Los colores del club se coserán a un chaleco de cuero negro o de mezclilla negra.
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d. Los colores / parches son propiedad de PARIAS MC, la policía no tiene derecho a eliminar
y detener. Si se enfrenta a esta situación, póngase en contacto con su Presidente o Vicepresidente…
el logotipo de e. Outcasts MC es una marca registrada y cualquier duplicación de su nombre o logotipo también requerirá
la aprobación previa apropiada. Cualquier miembro del club, prospecto o acompañante o cónyuge que desee
«Marcas permanentes», como Tatuajes que representen o reflejen a los Marginados MC, requiere la aprobación
adecuada.
ARTÍCULO 8. Reglas y Reglamentos del Club.
a. Todos los vehículos deben cumplir con los Códigos de Inspección Estatales/Provinciales. Los operadores deben tener
una licencia, registro y seguro válidos para operar un vehículo.
b. Los colores del club «deben» usarse cuando se monta cuando sea posible para representar a nuestro club de la manera
más respetuosa y responsable, también para promover a los «marginados» en la comunidad de equitación y al público en general
. Como miembro de «Parias», los colores del Club siempre se deben usar en cualquier» Función Patrocinada del Club
«, como Reuniones, Recaudaciones de Fondos, Mítines y atracciones generales del» Club».
c. Cualquier miembro de flying Outcasts colors debe comportarse en una ley ordenada
biding manor para no faltarle el respeto al público en general o a cualquier miembro del club. Cualquier
comportamiento no será tolerado y expulsión inmediata del club es inminente.
d. Se debe tener discreción al usar los colores de » Marginados «en un evento patrocinado
no aprobado o no del club, recuerde que está» por su cuenta»también recuerde que aún representa a
» Marginados » al usar sus colores, para que cualquier cosa que suceda se refleje en TODA la membresía
.
e. Cualquier Miembro que no desee cumplir con estas pautas puede y tendrá acciones disciplinarias
aplicadas, como posiblemente, la reducción a la legalización o la expulsión del club.
ARTÍCULO 9. Enmiendas a los Estatutos y Disolución.
a.La Junta Ejecutiva procederá a una votación sobre la(s) enmienda (s) cuando sea necesario. Se requiere una mayoría de
de la junta para aprobar la(s) enmienda (s) propuesta (s).
b. Tras la disolución de la organización, los activos se distribuirán para uno o más propósitos exentos
dentro del significado de la sección 501(c)(3) del Código del IRS, o la sección correspondiente
de cualquier futuro código tributario federal, o se distribuirán al gobierno federal, a un estado o a un gobierno local
, para fines públicos. Cualquier activo que no se enajene de esa manera será enajenado por
un Tribunal de Jurisdicción Competente del condado en el que la oficina principal de la corporación
u organizaciones, según determine dicho tribunal, que estén organizadas y operadas exclusivamente para
dichos fines.
ARTÍCULO 10. Responsabilidad
Outcasts MC no acepta ninguna responsabilidad por las acciones de ninguno de sus miembros o capítulos
.

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