ARS § 13-1602 Ley de Daños Criminales de Arizona

Daños Criminales Definidos

El daño criminal, en Arizona, es dañar, desfigurar o alterar la propiedad que pertenece a otra persona.

De acuerdo con el Estatuto Revisado de Arizona 13-1602,

A. Una persona comete un daño criminal al: 1. Desfigurar o dañar imprudentemente la propiedad de otra persona. 2. Alterar imprudentemente la propiedad de otra persona para alterar sustancialmente su función o valor. 3. Dañar imprudentemente la propiedad de una empresa de servicios públicos. 4. Estacionar imprudentemente cualquier vehículo de tal manera que prive al ganado del acceso al único agua razonablemente disponible. 5. Dibujar o inscribir imprudentemente un mensaje, eslogan, signo o símbolo que se haga en cualquier edificio, estructura o superficie pública o privada, excepto el suelo, y que se haga sin permiso del propietario. 6. Manipulación intencionada de la propiedad de servicios públicos.

Daño Criminal: Un Crimen de Imprudencia

Todas menos una de las seis definiciones de Daño Criminal en Arizona comienzan con la palabra «imprudencia.»La ley de Arizona define «imprudente» como una conciencia de acciones sin tener en cuenta las consecuencias, específicamente, cuando es probable que las consecuencias causen un riesgo sustancial. También se considera imprudente cuando una persona crea riesgo sin saberlo porque está intoxicada.

Definiciones de daños penales

Es útil desglosar algunas de las definiciones de la ley de daños penales para entenderlas más claramente.

  • Propiedad de una empresa de servicios públicos: Se refiere a cualquier servicio de servicios públicos, como el agua o la electricidad.
  • Desfiguración: Desfigurar algo es arruinar su apariencia. El graffiti a menudo se conoce como desfiguración.
  • Intencionalmente: Si el objetivo de alguien es causar un determinado resultado o participar en una determinada conducta, esto se conoce como «intención».»

Cuando las probabilidades estén en su contra, recurra a una firma que se preocupe

Conozca a nuestros abogados

Las sanciones por Daños Criminales en Arizona

Los Daños Criminales en Arizona se pueden designar como un Delito Grave de Clase 4, un Delito Grave de Clase 5, un Delito Grave de Clase 6, un Delito Menor de Clase 1 o un Delito Menor de Clase 2, dependiendo de las circunstancias involucradas en el presunto delito.

  • Daños por Delitos Graves de Clase 4: Daños a la propiedad valorados en 1 10,000 o más O daños a la propiedad de un servicio público por valor de utility 5,000 o más o la alteración causó un peligro inminente de seguridad.
  • Daño Criminal de Clase 5: Daño a la propiedad entre $2,000 y 1 10,000 O si el daño estaba relacionado con pandillas/crimen organizado.
  • Daños por Delitos graves de Clase 6: Daños a la propiedad valorados en 1 1,000 a 2 2,000.
  • Daño Criminal de Delito Menor de Clase 1: Daño a la propiedad valorado en 2 250 a.1,000.
  • Delito menor de clase 2: Cualquier otro caso de daño criminal.

¿Cómo determina Arizona la cantidad en dólares de daños a la propiedad?

Al determinar el valor en dólares de los daños a la propiedad, el tribunal tendrá en cuenta tres factores:

  1. El costo de mano de obra para reparar el daño
  2. El costo del material para reparar el daño
  3. El costo del equipo para reparar el daño

¿Arrestado por una violación ARS § 13-1602? ¡Llame a nuestros abogados penalistas de Phoenix!

Si usted o alguien a quien ama fue arrestado por Daños Criminales, le recomendamos que se comunique con un abogado de defensa criminal de Phoenix en MayesTelles PLLC. Nuestro equipo ha manejado miles de casos y está preparado para ayudarlo a combatir sus cargos por delitos graves o menores.

Llámenos 24/7 para una consulta gratuita!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.